Como se recuerda, dicha norma, promulgada el pasado 6 de enero, modificaba el Código Penal para elevar el rango de las penas por estas causales de violencia. Agrava las penas por homicidios que tengan “móviles de intolerancia o discriminación, tales como el origen, la raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural”
El documento planteaba nueve modificaciones en el Código Penal respecto a los deltitos de feminicidio, discriminación y faltas contra la persona. Explícitamente modificaba el literal ‘d’ del artículo 46 y en el artículo 323 del código, e incluían la tipificación de delitos por ‘orientación sexual’ e ‘identidad de género’.
El pasado 4 de abril, la Comisión de Constitución, presidida por el congresista fujimorista Miguel Ángel Torres, votó en contra de la propuesta del ejecutivo, por 10 votos frente a 6 a favor. En su reemplazo aprobó ese mismo día la redacción de un texto sustitutorio, en el cual se recomendó la derogación de las modificaciones mencionadas.
Actualización
El Pleno del Congreso aprobó la derogación parcial del Decreto Legislativo 1323, el cual fue impulsado por Fuerza Popular y representa un duro golpe a la lucha contra los crímenes de odio.
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