COMUNICADO ANC: EN RESPUESTA AL COMUNICADO VERTIDO POR EL CONGRESISTA ALEJANDRO AGUINAGA, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL CONGRESO

En relación al Comunicado del Congresista Alejandro Aguinaga, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la Republica, dirigido a la Opinión Publica, del 18 de junio de 2024 y difundido por las redes sociales, debemos precisar lo siguiente:

  1. El Congresista Alejandro Aguinaga señala que el Dictamen de modificación de la Ley de creación de APCI tiene como objetivo principal la transparencia y la soberanía nacional. Sin embargo, el Congresista es el primero en admitir que su Dictamen se inspira en la influencia extranjera de la legislación de EEUU, Reino Unido y Australia en relación al sector de sociedad civil que opera con la cooperación internacional.
  2. Debemos aclarar que ninguno de esos países tiene medidas ni políticas que atentan contra el derecho a la libertad de asociación, ni la agobian, limitan, ni prohíben a las organizaciones que trabajan con la cooperación internacional en el ejercicio de sus derechos, quienes operan dentro de un entorno habilitante y un ambiente propicio para su sociedad civil. Mas aun vienen apoyando decididamente a las organizaciones o sus pares en el Perú para su desarrollo y funcionamiento.   
  3. Por ello mismo exhortamos a los representantes de los gobiernos de EEUU, Reino Unido y Australia a expresar su pedido de aclaración a lo expresado por el Congresista Rafael Aguinaga, quien los coloca como inspiradores de un Dictamen tan cuestionado por la opinión publica peruana y si supuestamente respaldan su imputación de que existen amenazas que ponen en riesgo el “orden interno” peruano, al punto de supuestamente utilizar mecanismos que existen en sus países para limitar y entorpecer el funcionamiento de la sociedad civil, como el que pretende supuestamente “replicar” el Congresista Aguinaga en el Perú.
  4. El Congresista Alejandro Aguinaga señala que su Dictamen se alinea con el proceso del Perú para ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para el cumplimiento de los estándares sobre manejo de los recursos provenientes del exterior. Sin embargo, desinforma a la opinión pública, pues la información entregada por el Gobierno peruano para la elaboración del Informe de Antecedentes de la Secretaria en Apoyo de la Evaluación del Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública, para efecto del ingreso a la OCDE, no reporta de ninguna propuesta de legislación para modificar la Ley de Creación de APCI, ni de la imposiciones de mayores sanciones, barreras e impedimentos contra las organizaciones civiles que operan con la cooperación internacional en Perú.
  5. Todo lo contrario, el Gobierno peruano y varias organizaciones de sociedad civil han informado a la OCDE que existen acciones en el país para promover una mayor articulación de la sociedad civil con el Estado en la prevención y lucha contra la corrupción e incluso, intenciones para incluir a la sociedad civil como socio para garantizar la integridad y la transparencia del sistema, en el cual las organizaciones del sector no lucrativo que trabajan con la cooperación internacional son un sector importante, así como en áreas de integridad, cultura de prevención, conflicto de intereses, responsabilidad, entre varias dimensiones. En ese orden, el Dictamen del Congresista Aguinaga constituye una acción que por el contrario, amenaza con afectar seriamente todo el trabajo que el Perú viene haciendo para lograr su incorporación a la OCDE.
  6. El Congresista Alejandro Aguinaga indica que se enviaron 195 Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en el periodo de 2018 a 2020 vinculadas a Organizaciones sin Fines de Lucro (OSFL), según el Informe Evaluación Sectorial de Exposición a los Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del Sector de las OSFL en el Perú de la UIF-PERU, indicando que se encuentran en investigación en el órgano competente. Sin embargo, el Congresista desinforma de manera tendenciosa, pretendiendo vincular con esas cifras a las organizaciones que actúan con la cooperación internacional. No informa, que, según el mismo Informe, las OSFL principalmente reportadas han sido aquellas dedicadas a: i) Servicios – Caritativas de asistencia social (protección y ayuda a la niñez, grupos vulnerables); ii) Asociaciones de vivienda; iii) Representantes de Empresarios, iv) Entidades religiosas y otras pendientes de clasificar.
  7. No informa además que, según el mismo Informe, el número de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) recibidos relacionados con las OSFL es un número mínimo en relación con la cantidad de ROS que recibe la UIF anualmente. En 2018 la UIF recibió 15.736 ROS, de los cuales 61 (0.3%) reportaban OSFL, mientras que en 2019 se recibió un total de 14.585 ROS, de los cuales 82 reportaban OSFL (0.5%). La tendencia se mantuvo estable en 2020 cuando se recibió un total de 10.908 ROS, de los cuales 52 estuvieron relacionados con OSFL (0.4%). De esta forma y en forma temeraria, pretende involucrar de manera general a todas las organizaciones de la sociedad civil que ejecutan recursos de cooperación en el país, en operaciones sospechosas, dándole una interpretación distinta al informe de la misma UIF-PERU, de forma tan cuestionable.

Finalmente, debemos enfatizar que lo señalado nos permite tener una mejor claridad del Comunicado del Congresista Alejandro Aguinaga, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la Republica, respecto del Dictamen de modificación de la Ley de creación de APCI y otras normas conexas, además reconocer la carencia de fundamentación de la misma, a fin que nos sirva de base para el intercambio y articulación en curso.

Lima, 19 de junio de 2024

EL CONSEJO DIRECTIVO ANC