PCM ELIMINA PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE ONGD Y ENIEX DE LA APCI
Se comunica a las ONGD y ENIEX que el 28 de diciembre de 2018 se publicó el Decreto Supremo Nº 130-2018-PCM mediante el cual la Presidencia de Consejo de Ministros, en aplicación del Decreto Legislativo Nº 1310, eliminó 6 y ratificó solamente 5 procedimientos administrativos que conducía la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, APCI, la fecha de la norma. Más específicamente se eliminaron los siguientes 6 procedimientos de APCI:
- Renovación de vigencia en el Registro de ENIEX
- Renovación de vigencia en el Registro de ONGD
- Expedición de constancias de acogimiento para entidades privadas por donaciones del exterior
- Atención del trámite previo para la aprobación de mercancías donadas provenientes del exterior
- Conformidad para la prórroga de expertos y voluntarios
- Acceso a la información pública que posee o produzca la APCI
A consecuencia de ello se mantiene solamente los siguientes procedimientos:
- Certificado de conformidad de ingreso al país de ropa o calzado usados provenientes del exterior a favor de ONGD, ENIEX, IPREDA e entidades publicas
- Inscripción en el Registro de ENIEX
- Inscripción en el Registro de ONGD
- Emisión de constancias para la solicitud ante la SUNAT del beneficio tributario de devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM)
- Conformidad para la Adscripción de Expertos y/o Voluntarios
De esta forma quedan eliminados los procedimientos de renovación del Registro de ONGD y de renovación del Registro de ENIEX, y mantenido los procedimientos relacionados en adelante al registro permanente de las ONGD y ENIEX, la devolución de impuestos y la adscripción de voluntarios, generando un marco propicio para la actuación de las ONGD y agencias de cooperación.
El referido decreto establece a la vez que la APCI tiene la obligación de actualizar su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS. Y que asimismo, debe incorporar sus procedimientos administrativos al Sistema Único de Trámites – SUT de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203 que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) y normas complementarias.
Finalmente el mencionado decreto señala que la APCI debe publicar en su página web en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de las disposiciones normativas que correspondan para eliminar o simplificar requisitos, la relación de los procedimientos administrativos ratificados y sus respectivos requisitos.
Cabe enfatizar que este cambio es resultado de la acción de incidencia emprendida por la Asociación Nacional de Centros (ANC) desde el año 2015 y de las múltiples reuniones y coordinaciones de trabajo realizados ante la Direccion Ejecutiva y funcionarios de APCI, dirigido específicamente a la eliminación de los procedimientos de renovación en los Registros de la APCI, de cuyo fruto hoy día nos congratulamos y compartimos.
LA ANC. Lima 17/01/2019
VIDEO EXPLICACIÓN.
DR. LUIS CASTILLO- ASESOR LEGAL DE LA ANC